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Autor: Javier Filoso

Convocatoria para la selección de centros de formación para el desarrollo de las prácticas externas de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado

Estancias formativas en empresas 2024

Estancias formativas en empresas para el profesorado de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y Técnicos de Formación Profesional Específica.

La finalidad que se persigue con esta modalidad formativa es fomentar la cooperación entre los centros educativos y su entorno productivo, facilitando la relación del profesorado de Formación Profesional Específica con el mundo empresarial, así como potenciar la aplicación, en el centro educativo, de los conocimientos y técnicas adquiridas por el profesorado al integrarse en los diferentes procesos productivos, entre otras.

Podrán solicitar la realización de estancias formativas en empresas o instituciones, el profesorado de los Cuerpos de Enseñanza Secundaria y Técnicos de Formación Profesional Específica que, en el momento de realizar la estancia formativa, imparta enseñanza de Formación Profesional en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, o trabaje en servicios educativos como Equipos de Orientación Educativa, Equipos de Educación para Adultos, Centros de Profesores y de Recursos, Unidades de Programas Educativos, Inspección de Educación, así como en los servicios educativos de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.

Durante el tiempo que dure la estancia formativa en la empresa, el profesorado participante deberá estar en situación administrativa de servicio activo en las condiciones descritas en el punto anterior. El cese en el puesto de trabajo como docente supondrá la suspensión de la estancia formativa en la empresa. La Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa podrá recabar información de la Dirección General de Personal Docente sobre la situación administrativa del profesorado participante.

El profesorado interesado presentará un proyecto de trabajo para llevar a cabo durante la estancia formativa que deberá ser aprobado por la empresa o institución donde se propone desarrollar la actividad de formación.

Las estancias tendrán una duración mínima de 30 horas y máxima de 100 horas y su desarrollo podrá coincidir con el periodo de actividad profesional del profesorado participante, siempre que las actividades docentes y otras programadas en el centro educativo no se vean afectadas.

Las estancias formativas podrán realizarse entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024 y el plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 11 de abril y el 24 de abril de 2024.

Para acceder al proceso selectivo, debe hacerse a través del apartado Formación

Acceso al documento integro publicado en el DOE.

Acceso a los Anexos editables.

Convocatoria para la selección de centros de formación para el desarrollo de las prácticas externas de las enseñanzas universitarias oficiales de Máster.

Ayudas para la participación en actividades de formación del profesorado 2023

Ayudas para la participación en actividades de Formación del Profesorado

 1. La finalidad de estas ayudas es atender a los gastos ocasionados por la matriculación y/o adquisición de material didáctico con ocasión de la participación del profesorado beneficiario en actividades de formación permanente de interés educativo.

2. Podrán solicitarlas:

a) Personal docente que, en el momento de emitir la solicitud, se encuentre en servicio activo con destino en centros sostenidos con fondos públicos de Extremadura en niveles previos a la Universidad.

b) Personal docente que, en el momento de emitir la solicitud, se encuentre en servicio activo con destino en los servicios educativos, como: Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica, Centros de Profesores y de Recursos, Inspección de Educación y Servicios Centrales dependientes de la Consejería de Educación y Empleo.

c) Quedan excluidos de estas ayudas los profesores que, durante el periodo de realización de la actividad, han sido beneficiarios de licencias por estudios total o parcialmente retribuidas.

Las personas solicitantes no podrán ser beneficiarias de más de una ayuda.

3. Para solicitarlas será requisito imprescindible:

a) Para la modalidad “A” se concederá por la participación en actividades de formación cuya realización finalice en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 y el 31 de agosto de 2023, debiendo estar ésta concluida en el momento que se presente la solicitud, con derecho a la certificación de la misma.

b) Para la modalidad “B”, realizar la actividad para la que solicita la ayuda en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de agosto de 2024.

c) No haber disfrutado durante la anterior convocatoria de ayudas, de una beca o ayuda económica para la realización de una actividad de formación del profesorado o, habiéndola recibido, ésta no superase la cantidad de 100 euros.

4. Los conceptos subvencionables serán:

a) Gastos de inscripción o matrícula.

b) Gastos de material didáctico necesarios para la realización de la actividad formativa. En este sentido, se considerarán material didáctico necesario, los manuales, ya sean en formato papel o electrónico, que contengan los contenidos necesarios para el correcto seguimiento de la actividad formativa, siempre que sean obligada o recomendada su adquisición por la entidad formadora.

5. El plazo de presentación de solicitudes para las actividades de formación correspondientes a la modalidad A, se iniciará el día 26 de julio de 2023 y concluirá el 31 de agosto de 2023.

El plazo de presentación de solicitudes para las actividades de formación correspondientes a la modalidad B, será de 15 días hábiles a contar desde el día 26 de julio de 2023.

Acceso al documento integro publicado en el DOE.

Acceso al Anexo I editable.